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Minem otorgó concesión a Hidrandina para distribuir energía eléctrica en tres regiones

01/03/2023
en Energía
Minem otorgó concesión a Hidrandina para distribuir energía eléctrica en tres regiones

(Foto: Internet)

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Asimismo, se decide aprobar el contrato de concesión eléctrica rural suscrito con la compañía para cada región, que consta de 17 cláusulas y 3 anexos.

El Ministerio de Energía y Minas (Minem) otorgó a favor de Hidrandina la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las distintas localidades de Cajamarca, Áncash y La Libertad.

De acuerdo a la resolución Nº 0210-2022, la obra comprende 145 localidades, ubicadas en las siguientes provincias de Cajamarca: Celendin, Contumaza, San Pablo, San Miguel y Cajamarca.

Por otro lado, las resoluciones Nº 0212-2022 y Nº 0213-2022, indican que la obra contempla 141 localidades de Áncash como: Antonio Raymondi, Bolognesi, Carhuaz, Huaraz, Huari, Mariscal Luzuriaga, Recuay, Sihuas y Yungay.

Según la resolución Nº 0214-2022, la obra abarca 46 localidades, ubicadas en los siguientes distritos de La Libertad: Huasmín y Sorochuco, provincia de Celendín; Gregorio Pita y Pedro Gálvez, provincia de San Marcos, departamento de Cajamarca; Bolívar, Longotea, Uchumarca y Ucuncha, provincia de Bolívar; y Marcabal, provincia de Sanchez Carrión, departamento de La Libertad

Asimismo, se decide aprobar los contratos de concesión eléctrica rural suscritos con la compañía para cada región, que constan de 17 cláusulas y 3 anexos.

En ese sentido, se autoriza al Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, los contratos y la escritura pública correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural.

Finalmente, el documento dispone la publicación de la presente Resolución Directoral por una sola vez en El Peruano, por cuenta de Hidrandina, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y en concordancia con la primera disposición complementaria final del reglamento de la Ley N° 28749.

FUENTE: Gestión

Tags: energíaMinisterio de Energía y Minas

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